El Pleno del Ayuntamiento de Baena ha aprobado por unanimidad las bases reguladoras de la concesión de subvenciones de Cultura en régimen de concurrencia competitiva. Las bases constan de dos líneas, la 1 para subvenciones que tienen por objeto la realización de actividades para la promoción cultural, artística y conmemorativa en Baena. Y la línea 2 para subvenciones que tienen por objeto la conservación – restauración de bienes muebles e inmuebles del patrimonio histórico en Baena.
Podrán ser beneficiarias de las ayudas convocadas en la línea 1 cualquier persona física, asociación o cofradía formalmente constituida con número de identificación fiscal que presente un proyecto que dinamice y promocione la actividad cultural, artística y conmemorativa en Baena. Mientras que en la línea dos podrán ser beneficiarias cualquier persona física, asociación o cofradía formalmente constituida con número de identificación fiscal que acrediten la titularidad de la propiedad, el derecho de uso o que sean titulares de otros derechos de los bienes muebles o inmuebles que vayan a ser susceptibles de conservación – restauración.
Las entidades solicitantes de la subvención para la realización de actividades culturales, artísticas y conmemorativas tendrán que presentar un proyecto de dicha actividad, así como, acompañarlo de una memoria valorada. Para la conservación – restauración de bienes muebles e inmuebles del patrimonio cultural de Baena tendrán que contratar a una persona responsable técnica para la realización de aquellos servicios que la entidad beneficiaria no pueda realizar con sus propios medios humanos y materiales, tales como la redacción del informe técnico o proyecto.
Las solicitudes y demás documentos se presentarán exclusivamente de forma electrónica preferentemente en el registro telemático único del Ayuntamiento de Baena.
La cantidad destinada para esta convocatoria es de 20.000 euros y la cantidad máxima a percibir por solicitud será en la línea 1 el 80% del proyecto, y en todo caso, hasta un máximo de 2.000 euros por beneficiario. Y en la línea 2 el 80% del proyecto, y en todo caso, hasta un máximo de 2.500 euros por beneficiario. Si el importe de una línea no llegase a agotarse entre las solicitudes presentadas, se incrementará dicha cantidad sobrante en la otra línea para evitar así que quede remanente alguno.
En el supuesto que no se llegase a agotar la partida presupuestaria conjunta para las dos líneas de 20.000 euros, se procederá a efectuar una segunda convocatoria en este ejercicio 2024.
Las solicitudes pueden presentarse a partir del día 25 de marzo, lunes, hasta el día 30 de abril. Los formularios estarán disponibles en la página web del Ayuntamiento de Baena, oficina virtual, a la que se podrá acceder a través de la página www.baena.es
Las bases completas pueden consultarse en https://www.baena.es/subvenciones/